Modifican una norma técnica denominada «Disposiciones para la Reubicación e Intercambio de Docentes en el Marco de la Ley de Reforma Docente y su Reglamento Ley Nº 29944».
Resolución del Viceministro
N ° 212-2021-MINEDU
Lima, 6 de julio de 2021
VISTO, Expediente No. 0763004-2021, Informe No. 03455-021-MINEDU / VMGP-DIGEDD-DITEN del Código Técnico Dirección de Docentes de la Dirección General de Educación y Desarrollo. Número de informe 00-2021-Unidad MINEDU / SPE-OPEP-UPP
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto Planificación y Presupuesto; Informe No. 00810-2021-Dirección General de AsesorÃa JurÃdica MINEDU / SG-OGAJ; Y,
Bajo revisión:
Es decir, el artÃculo 79 de la Ley General de Educación No. 28044 establece que el Ministerio de Educación es un organismo del gobierno nacional cuyo propósito es definir, orientar y aclarar las polÃticas educativas, recreativas y deportivas de acuerdo con la polÃtica.
Estado general;
Es función del Ministerio de Educación definir programas de mejoramiento de la polÃtica de personal sectorial, gerencia sectorial, educación y personal gerencial de acuerdo a lo dispuesto en el artÃculo 80 letra h) de la citada ley, haciendo públicas las carreras docentes.
Es la Ley de Organización y Función del Ministerio de Educación, Ley N ° 31224, artÃculo 3, que establece que el sector educativo está bajo el liderazgo y liderazgo del Ministerio de Educación. Asimismo, de acuerdo con el artÃculo 5 de la citada Ley, el literal a) del número 1 y el literal a) del número 2, son las funciones directivas y normativas técnicas del Ministerio de Educación, formulando, planificando, dirigiendo, ejecutar, supervisar y evaluar las polÃticas nacionales y sectoriales de su jurisdicción que sean aplicables a todos los niveles de gobierno. Asimismo, aprobar disposiciones normativas relacionadas con cada área de competencia.
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