A través del Decreto de Emergencia No. 033-2020 emitido hasta el momento, se han establecido medidas para mitigar el impacto en la economía peruana ante emergencias nacionales ante el creciente riesgo de COVID-19.
Las medidas más destacadas de DU anteriores son:
1. Se cargarán S. / 2,400 soles de su cuenta CTS En efecto, el artículo 9 del citado Decreto excluye a los trabajadores dentro del texto único definido de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicio aprobado por Decreto Supremo No. 001-97-TR. Las emergencias sanitarias declaradas por las autoridades sanitarias mediante Decreto Supremo N ° 008-2020-SA tienen como finalidad la libre disposición de los fondos intangibles en los depósitos de Compensación por Horas de Servicio (CTS) según lo dispuesto en la Ley N ° 30334. es. S / 2400,00 en total (2000
400 y 00/100 dom).
Para ello, la institución financiera debe pagar el monto correspondiente CTS del trabajador a la única solicitud de este.. Esta solicitud se presenta de forma remota y se ejecuta mediante el traspaso del trabajador a la cuenta activa o pasiva indicada por este último. Esto significa que puede transferir dinero de su cuenta CTS a su cuenta de ahorros.
Si en el futuro se necesita un nuevo cobro de cuentas CTS, será aprobado por Decreto Supremo aprobado por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.
dos. La contribución de la AFP a la recompensa de abril no se cargará en la boleta de pago.
El artículo 10 prevé excepcionalmente la suspensión de la obligación de retener y pagar los componentes del aporte durante el período de pago de la compensación correspondiente a abril de este año.
Obligatorio 10% de comisiones de seguros dirigidas a cuentas de capital personal y comisiones de flujo de descuento, Fuente: Estudio DBT abogados
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