Un estándar para el trabajo remoto en la extensión de la cuarentena. RVMN ° 097-2020-MINEDU y DEROGAR VMN ° 088-2020


Maestros, Oficiales, Padres-MINEDU publica estándares para trabajo remoto en el ámbito de la cuarentena. RVMN ° 097-2020-MINEDU y DEROGA RVMN ° 088-2020-MINEDU.


Resolución del Viceministro 097-2020-Minedu

Lima, 21 de mayo de 2020, VISTO, expediente número 0068258-2020 y el informe contenido en dicho expediente, informe número 00553-2020-MINEDU / SG-OGAJ, Dirección General de Asesoría Jurídica, y;


Bajo revisión:

Es responsabilidad del Ministerio de Educación desarrollar normas nacionales que regulen las actividades educativas, deportivas y recreativas, de acuerdo con el artículo 5 b) del Decreto No. 25762, ley orgánica del Ministerio de Educación. La Ley N ° 28044, artículo 79 de la Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es un organismo del gobierno nacional cuyo propósito es definir, orientar y aclarar las políticas educativas, recreativas y deportivas … Estado; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 80 letra h) de la citada ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas de personal departamental, gestión departamental, programas de educación y mejoramiento de los gerentes. Implementar la Carrera Pública Magisterial; fue declarada por Decreto Supremo No. 008-2020-SA en emergencia sanitaria a nivel nacional por un período de 90 días calendario. Se ordenó la presencia de un brote de coronavirus (COVID-19) y medidas preventivas y de control para evitar la propagación del COVID-19. Fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 15 mediante Decreto Supremo No. 044-2020-PCM. En marzo de 2020 se declaró una emergencia nacional por un período de 15 días calendario y se ordenó el aislamiento social forzado (cuarentena) debido a una grave situación que afectaba la vida del país como consecuencia del brote de COVID. -19; Decretos Supremos No. 051-2020-PCM, No. 064-2020-PCM, No. Igual que extendido por 075-2020-PCM y 083-2020-PCM.


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